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    Protección Patrimonial

    ¿Me pueden embargar la nómina si me acojo a la Ley de Segunda Oportunidad?

    G
    GabrielAutor del artículo
    19 de abril de 2026
    ¿Me pueden embargar la nómina si me acojo a la Ley de Segunda Oportunidad?

    El miedo a perder los ingresos mensuales es una de las mayores preocupaciones antes de acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad. La respuesta rápida y tranquilizadora es: No, tu nómina está protegida.

    Paralización de embargos

    Una de las principales ventajas de iniciar este procedimiento es que, desde el momento en que se presenta la solicitud en el juzgado, se paralizan todos los embargos vigentes sobre tus cuentas bancarias y tu nómina.

    El Salario Mínimo es inembargable

    Por ley, el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) es totalmente inembargable. Si cobras por encima del SMI, solo se podría embargar un porcentaje de la diferencia, pero al estar dentro de la Ley de Segunda Oportunidad, tu capacidad de supervivencia y la de tu familia quedan garantizadas por el juez.

    Una vez consigas la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI), cualquier embargo previo quedará anulado para siempre y volverás a cobrar el 100% de tu sueldo sin preocupaciones.

    ¿Te encuentras en una situación similar?

    No dejes que las deudas controlen tu vida. Realiza nuestro simulador gratuito y descubre si puedes acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad.

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